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La Justicia reconoce por primera vez el derecho a la Apostasía

Primero o voy explicar que es la Apostasía.

Según la Real Academia de la Lengua, apostatar supone "negar la fe de Jesucristo recibida en el bautismo". De alguna forma, en el momento en que una persona es bautizada, pasa a formar parte del censo de la Iglesia; la apostasía sería una renuncia pública de la fe, a consecuencia de la cual el fiel pide que se le borre de dicho censo.

El catecismo de la Iglesia católica recoge varias acepciones relativas a la renuncia de la fe en diversos grados, tales como la 'incredulidad', la 'herejía' o el 'cisma'. Sobre la apostasía matiza que supone "el rechazo total de la fe cristiana".

La apostasía contempla dos procedimientos para la renuncia, uno en la Iglesia donde se recibió el bautismo, y otro en la diócesis de esa parroquia. Se debe enviar a ambos templos un escrito renunciando públicamente a la fe junto a una fotocopia del DNI.

En los últimos tiempos han trascendido múltiples casos de ciudadanos que querían apostatar, es decir, renunciar a su fe católica, aunque la Iglesia no ha aceptado públicamente dicho acto. De hecho, 1.500 personas apostataron a la vez en Valencia.

El motivo, según indican algunos de los afectados, que han llegado a constituir una plataforma a tal fin, es poder seguir recibiendo subvenciones en función del número de fieles con los que cuenta la Iglesia, que asegura que el 94% de los españoles están bautizados.

Uno de ellos es al que se refiere el titular, Sergi Castillo, al que a Justicia ha reconocido por primera vez el derecho de un particular a que la Iglesia anote en su partida de bautismo que ha ejercido su derecho de cancelación del mismo.

Así lo acuerda la Audiencia Nacional en una sentencia en la que este tribunal considera "claramente insatisfactoria" la respuesta que el Arzobispado de Valencia dio a un hombre que pretendía apostatar, al que dijo que no rectificaría su Libro de Bautismo porque éste no es un fichero de datos ni sus asientos prejuzgan la pertenencia actual a la Iglesia Católica.

El tribunal ha dado diez días al Arzobispado para notificar al apóstata que se ha hecho la cancelación de su inscripción bautismal y le ha advertido de que, de no hacerlo así, puede incurrir en alguna de las infracciones previstas en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.

En una entrevista publicada en el diario digital 20minutos.es, Sergi Castillo nos cuenta esto:

¿Qué significaría para usted que lo borraran del registro de bautismo?

Mucho. Yo soy sincero conmigo mismo y no quiero pertenecer a la Iglesia, ya que no me siento católico.

¿Cuando empezó su litigio?

En 2005 tuve la primera negativa del Arzobispado. Después, la Agencia Española de Protección de datos me dio la razón. Debía figurar como apóstata en los registros. El Arzobispado no quiso hacer la anotación y recurrió a la Audiencia Nacional.

¿Se ha gastado mucho dinero?

Bastante, tuve que contratar a un procurador en Madrid y a una abogada.

¿Tiene seguidores?

Hay mucha gente que sigue nuestro pasos. Borrarse de la fe católica tiene que ser una opción libre.



Ya tengo algo que hacer el Lunes.


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Ray Rudilla dijo...

7 años me he tirado yo creyendo ser Apóstata, la excusa que me dió el cura párroco de mi pueblo, fue la clásica del traspapeleo, o sea que sigo siendo Católico Apostólico Romano y yo sin saberlo.
"Con la Iglesia hemos topado amigo Sancho"

Jose, a secas dijo...

Pues para entrar en "su" iglesia no te ponen tantas trabas los muy jodidos.

Yo tengo el problema de que tengo que solicitar a apostasía en una iglesia que está a más de 1000km de Sevilla pero a ver como lo hago.
Mañana inicio los trámites.

Un saludo

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